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No al artículo 65 de la Ley de Turismo

9/24/2018

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El Consell ha delegado en los ayuntamientos toda la responsabilidad de regular la actividad de los alquileres turísticos a través de la nueva Ley de turismo, ocio y hospitalidad. Los consistorios han de expedir unos informes urbanísticos de compatibilidad imprescindibles, según el artículo 65 de la nueva normativa, para que una propiedad sea considerada como “vivienda de uso turístico” y pueda ser dada de alta en el registro de Turismo. Pero estos no han sido informados, ni preparados sobre quién, cómo, según qué criterios, han de hacerlo. De hecho, el secretario autonómico de Turismo ha iniciado esta misma semana un ciclo de reuniones con los técnicos municipales de todas las localidades de la Comunitat Valenciana para aclarar la controversia. 
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Para CEDMA, es chocante que se exija un informe urbanístico de compatibilidad a los inmuebles para ser para ser alquilados en el mercado vacacional cuando ya cuentan con la cédula de habitabilidad. Sin embargo, en estos momentos, ninguna empresa ni particular puede conseguir el preceptivo informe urbanístico de compatibilidad y, en consecuencia, es imposible dar de alta un inmueble en el registro de Turismo. Es decir, por la vía legal, ahora no se puede alquilar una vivienda. Curioso, ya que la Ley de Turismo, y, en concreto, el apartado referido al alojamiento, ha nacido con el noble, justo y acertado propósito de regular la actividad, acabar con la economía sumergida y toda la problemática que causa en las grandes urbes. Sin embargo, en la Costa Blanca no hay grandes urbes, y más del 80 % de las pernoctaciones de turistas y visitantes se realiza en viviendas puesto que no hay suficientes plazas hoteleras, ni de campings para cubrir la demanda.
 
El Cercle Empresarial de la Marina Alta, la Asociación Empresarial de alquiler de Viviendas de la Provincia de Alicante (AEA) y Asociación de Apartamentos Turísticos de la Costa Blanca (APTUR) han expuesto estas circunstancias al secretario autonómico, la directora general y la subdirectora de Turismo, Francesc Colomer, Raquel Huete e Isabel Palafox, en una reunión mantenida esta semana. Desde el Consell se ha mostrado comprensión y predisposición. Colomer y su equipo aceptaron, incluso, estudiar una propuesta: que se cree la figura de una licencia turística provisional de los inmuebles para que sean dados de alta temporalmente hasta que se cierre el expediente de elaboración del informe urbanístico de compatibilidad. Sin embargo, en los encuentros posteriores mantenidos por el secretario autonómico en Benidorm, no ha hecho referencia ninguna a esta posibilidad, ni a la reunión mantenida con CEDMA, AEA y Aptur, representantes de las empresas del sector.
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A la vista de los acontecimientos, y dada la gravedad de la situación, el Cercle, la AEA y APTUR van a solicitar formalmente y por todas las vías la modificación o derogación del artículo 65 puesto que no se adapta al marco legal actual. Y, al mismo tiempo, exigirán una moratoria de seis meses en la aplicación de la problemática ley para poder continuar con la actividad al tiempo que el Consell realice las modificaciones en la normativa. 
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